ANEXO. Reglamento de desarrollo del Título II de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, en lo relativo a las autorizaciones para la prestación de servicios y al Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales · CAPÍTULO I. Autorizaciones administrativas para la prestación de servicios postales · Sección 2.ª Autorizaciones administrativas generales
Artículo 8. Servicios postales amparados por las autorizaciones generales.
1. La autorización se referirá, en todo caso, a los servicios solicitados y a los complementarios de recogida, admisión, clasificación, tratamiento, curso, transporte, distribución y entrega de los envíos postales relacionados con aquéllos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 18 de la Ley 24/1998.
2. Una autorización general podrá extenderse a otros servicios de los indicados en el artículo 6, siempre que su titular lo solicite a la Comisión Nacional del Sector Postal para la modificación de la inscripción registral inicialmente practicada.
> <small>Se modifica el apartado 2 por el apartado 6 del anexo del Real Decreto 101/2010, de 5 de febrero. [Ref. BOE-A-2010-3750](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2010-3750)</small>
Texto oficial de Real Decreto 81/1999, de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Título II de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, en lo relativo a las autorizaciones para prestación de servicios y al Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales (BOE-A-1999-2637). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.