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DISPONGO:

Disposición adicional segunda. Reconocimiento inicial de las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia.

Texto oficial de Ministros de Culto de la FEREDE en la Seguridad Social (BOE-A-1999-6224). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Disposición adicional segunda. Reconocimiento inicial de las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia. — Ministros de Culto de la FEREDE en la Seguridad Social · BOE Fácil