ley organica · BOE-A-1999-7857
Ley Orgánica 6/1999, de 6 de abril, de transferencia de competencias a la Comunidad Autónoma de Galicia
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 8/4/1999
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Jefatura del Estado
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Esta ley orgánica transfirió a la Comunidad Autónoma de Galicia, por la vía del artículo 150.2 de la Constitución, la competencia de desarrollo legislativo y ejecución en materia de ordenación del crédito, banca y seguros.
A quién afecta: La Comunidad Autónoma de Galicia en el ejercicio de la competencia transferida sobre crédito, banca y seguros.
- El artículo 2 transfiere a Galicia la competencia de desarrollo legislativo y ejecución en materia de ordenación del crédito, banca y seguros.
- El artículo 3 sujeta el ejercicio de esta competencia a la ordenación general de la actividad económica y a lo dispuesto por el Estado conforme al artículo 149.1.11ª de la Constitución.
¿Qué competencia sobre el sector financiero transfirió esta ley a Galicia?
El desarrollo legislativo y la ejecución en materia de ordenación del crédito, banca y seguros, según el artículo 2 de esta ley.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
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