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ley organica · BOE-A-1999-7857

Ley Orgánica 6/1999, de 6 de abril, de transferencia de competencias a la Comunidad Autónoma de Galicia

Estado
Vigente
Publicación
8/4/1999
Ámbito
Estatal
Departamento
Jefatura del Estado

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Esta ley orgánica transfirió a la Comunidad Autónoma de Galicia, por la vía del artículo 150.2 de la Constitución, la competencia de desarrollo legislativo y ejecución en materia de ordenación del crédito, banca y seguros.

A quién afecta: La Comunidad Autónoma de Galicia en el ejercicio de la competencia transferida sobre crédito, banca y seguros.

  • El artículo 2 transfiere a Galicia la competencia de desarrollo legislativo y ejecución en materia de ordenación del crédito, banca y seguros.
  • El artículo 3 sujeta el ejercicio de esta competencia a la ordenación general de la actividad económica y a lo dispuesto por el Estado conforme al artículo 149.1.11ª de la Constitución.
¿Qué competencia sobre el sector financiero transfirió esta ley a Galicia?

El desarrollo legislativo y la ejecución en materia de ordenación del crédito, banca y seguros, según el artículo 2 de esta ley.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.

Ley de Transferencia de Competencias a Galicia de 1999 · BOE Fácil