CAPÍTULO I. Medidas urgentes para la agilización de la Administración de Justicia
Artículo 3. Adaptación transitoria del curso teórico-práctico en la Escuela Judicial.
Se introduce una nueva disposición transitoria en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, con el siguiente contenido:
«Disposición transitoria trigésima quinta.
Lo previsto en el artículo 307 de esta Ley Orgánica del Poder Judicial, respecto del período de prácticas tuteladas, como Juez adjunto, del curso teórico y práctico de selección, será de seis meses para todos los aspirantes a ingreso en la Carrera Judicial que hayan superado o superen las pruebas de acceso ya convocadas, y para quienes superen las de la siguiente convocatoria que se realicen a partir de la entrada en vigor de esta disposición transitoria.»
Texto oficial de Ley Orgánica 9/2000, de 22 de diciembre, sobre medidas urgentes para la agilización de la Administración de Justicia, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (BOE-A-2000-23661). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.