CAPÍTULO II. Los órganos rectores del Banco de España · Sección 4.ª La Comisión Ejecutiva
Artículo 65. Nombramiento y cese de los Consejeros ejecutivos.
1. Los Consejeros miembros de la Comisión Ejecutiva son designados por el Consejo de Gobierno, a propuesta del Gobernador, de entre sus miembros no natos. Toman posesión por simple aceptación comunicada al Gobernador.
2. Los Consejeros ejecutivos lo serán por el período que les reste de su mandato ordinario como Consejeros.
3. Los consejeros ejecutivos podrán renunciar a su condición de miembros de la Comisión Ejecutiva, mediante comunicación al Consejo de Gobierno.
> <small>Se modifica el apartado 3 por el art. único.8 de la Resolución de 21 de octubre de 2013. [Ref. BOE-A-2013-11088](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-11088).</small>
Texto oficial de Resolución de 28 de marzo de 2000, del Consejo de Gobierno del Banco de España, por la que se aprueba el Reglamento Interno del Banco de España (BOE-A-2000-6533). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 65. Nombramiento y cese de los Consejeros ejecutivos. — Resolución de 28 de marzo de 2000, del Consejo de Gobierno del Banco de España, por la que se aprueba el Reglamento Interno del Banco de España · BOE Fácil