La presente Orden entrará en vigor el día 1 del mes siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 25 de junio de 2001.
**APARICIO PÉREZ**
Excmo. Sr. Secretario de Estado de la Seguridad Social e ilustrísimos señores Directores generales del Instituto Nacional de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina, del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales e Interventor general de la Seguridad Social.
Texto oficial de Determinación de Importes de Pagas Extraordinarias de Pensiones (2001) (BOE-A-2001-12624). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final segunda. Entrada en vigor. — Determinación de Importes de Pagas Extraordinarias de Pensiones (2001) · BOE Fácil