Los órganos de dirección del Patronato serán:
a) El Presidente, que lo será también de la Junta de Gobierno.
b) El Consejo Rector, que regirá el Patronato y en el que tendrán representación los asociados.
c) La Junta de Gobierno, que administrará y gobernará el Patronato.
Las competencias, composición y normas de actuación de dichos órganos serán establecidas en el Reglamento del Patronato.
Texto oficial de Patronato de Huérfanos de la Armada (BOE-A-2001-19546). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 6. Organización básica del Patronato. — Patronato de Huérfanos de la Armada · BOE Fácil