ANEXO. ESTATUTOS GENERALES DE LOS ILUSTRES COLEGIOS OFICIALES DE QUÍMICOS Y DE SU CONSEJO GENERAL · CAPÍTULO III. Del ámbito y distribución territorial
Artículo 4. Ámbito territorial.
1. La fusión, segregación y cambio de denominación de los Colegios Oficiales de Químicos existentes en la actualidad tendrá lugar de acuerdo con la legislación del Estado y con la de las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias.
2. En el ámbito de cada Colegio podrán existir cuantas Delegaciones determinen los Estatutos particulares del propio Colegio.
Texto oficial de Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Químicos (BOE-A-2001-336). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 4. Ámbito territorial. — Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Químicos · BOE Fácil