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real decreto · BOE-A-2001-6699

Real Decreto 348/2001, de 4 de abril, por el que se regula la elaboración, comercialización e importación de productos alimenticios e ingredientes alimentarios tratados con radiaciones ionizantes

Estado
Vigente
Publicación
5/4/2001
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de la Presidencia

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto regula la elaboración, comercialización e importación de productos alimenticios tratados con radiaciones ionizantes.

A quién afecta: Fabricantes, importadores y comercializadores de alimentos irradiados.

  • Establece la lista de productos alimenticios que pueden tratarse con radiaciones ionizantes y las dosis máximas autorizadas.
  • Las instalaciones de irradiación deben contar con aprobación de la autoridad sanitaria de la comunidad autónoma correspondiente.
  • El etiquetado de productos irradiados vendidos al consumidor final debe incluir la mención «irradiado» o «tratado con radiación ionizante».
  • Los productos de países terceros solo pueden importarse si fueron tratados en una instalación autorizada por la Comunidad Europea.
¿Qué mención debe figurar en el etiquetado de un alimento tratado con radiaciones ionizantes vendido en envase individual?

La mención «irradiado» o «tratado con radiación ionizante».

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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