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real decreto ley · BOE-A-2001-6918

Real Decreto-ley 8/2001, de 6 de abril, por el que se establece el sistema de infracciones y sanciones en materia de encefalopatías espongiformes transmisibles

Estado
Vigente
Publicación
7/4/2001
Ámbito
Estatal
Departamento
Jefatura del Estado

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto-ley estableció el régimen de infracciones y sanciones aplicable a los incumplimientos de la normativa sobre prevención de las encefalopatías espongiformes transmisibles, como la enfermedad de las vacas locas.

A quién afecta: Ganaderos, industria alimentaria y operadores del sector pecuario.

  • Clasifica las infracciones en muy graves, graves y leves, según su gravedad.
  • Las infracciones muy graves incluyen la fabricación no autorizada, falsificación o manipulación fraudulenta de las marcas identificativas de animales de producción.
  • Las multas por infracciones muy graves oscilan entre 60.001 y 1.200.000 euros.
  • El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación ejerce la potestad sancionadora en los supuestos de infracciones leves y graves atribuidos a la Administración General del Estado.
¿Qué cuantía de multa prevé esta norma para las infracciones muy graves?

Entre 60.001 y 1.200.000 euros.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Real Decreto-ley de Infracciones por Encefalopatías Espongiformes Transmisibles · BOE Fácil