CAPÍTULO II. Restitución a la producción, por la utilización de productos del sector del azúcar con destino a la industria química
Artículo 7. Validez del certificado.
Texto oficial de Normativa Comunitaria del Sector del Azúcar (BOE-A-2002-10573). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
