real decreto · BOE-A-2002-10573
Real Decreto 461/2002, de 24 de mayo, por el que se concretan determinados aspectos de la normativa comunitaria en el sector del azúcar
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 1/6/2002
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto concreta aspectos de la normativa comunitaria sobre restitución a la producción por el uso de productos del sector del azúcar en la industria química, y sobre las comunicaciones exigidas a las empresas azucareras.
A quién afecta: Empresas transformadoras de productos del sector del azúcar en la industria química.
- Regula la restitución a la producción por el uso de productos de base o intermedios del sector del azúcar en la fabricación de productos químicos.
- La restitución la concede la comunidad autónoma donde se realice la transformación, a los transformadores autorizados que cumplan los requisitos exigidos.
- La solicitud del certificado de restitución debe acompañarse de una garantía en forma de aval, cuya constitución está supeditada a la expedición del certificado.
- El certificado de restitución es válido desde la recepción de la solicitud hasta el final del quinto mes siguiente al mes de recepción.
¿Quién concede la restitución a la producción a los transformadores de azúcar?
La comunidad autónoma en cuyo territorio se realice la transformación.
¿Hasta cuándo es válido el certificado de restitución?
Hasta el final del quinto mes siguiente al mes en que se recibió la solicitud.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
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