El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a 24 de mayo de 2002.
**JUAN CARLOS R.**
**El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación,**
**MIGUEL ARIAS CAÑETE**
Texto oficial de Normativa Comunitaria del Sector del Azúcar (BOE-A-2002-10573). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final tercera. Entrada en vigor. — Normativa Comunitaria del Sector del Azúcar · BOE Fácil