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real decreto · BOE-A-2002-19804

Real Decreto 1052/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la obtención de la evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, y de su certificación, a los efectos de contratación de personal docente e investigador universitario

Estado
Vigente
Publicación
12/10/2002
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Este real decreto regula el procedimiento para obtener la evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) para la contratación de personal docente universitario.

A quién afecta: Aspirantes a personal docente e investigador contratado en universidades públicas y privadas.

  • La evaluación es necesaria para las figuras de personal docente contratado que exige la Ley Orgánica de Universidades, o para el 25% de doctores en universidades privadas.
  • La solicitud se dirige a la Dirección General de Universidades, que la remite a la ANECA en un plazo máximo de diez días.
  • Las evaluaciones las realizan evaluadores independientes y expertos en el campo científico correspondiente.
  • La evaluación positiva o el informe favorable no están sujetos a plazo de caducidad y tienen efectos en todas las universidades españolas.
¿Tiene caducidad la evaluación positiva de la ANECA para contratar personal docente universitario?

No, no está sujeta a plazo de caducidad y tiene efectos en todas las universidades españolas.

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Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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