CAPÍTULO II. De los derechos y obligaciones de las partes
Disposición final segunda.
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Madrid, 14 de noviembre de 2002.
**JUAN CARLOS R.**
**El Presidente del Gobierno,**
**JOSÉ MARÍA AZNAR LÓPEZ**
Texto oficial de Ley 40/2002, de 14 de noviembre, reguladora del contrato de aparcamiento de vehículos (BOE-A-2002-22187). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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