1. El régimen patrimonial de la entidad será el establecido en el apartado 6 de la disposición adicional sexta de la Ley General de Telecomunicaciones.
2. El patrimonio de Red.es estará integrado, además de por sus bienes y derechos propios, por aquellos de titularidad estatal cuya adscripción se hubiere acordado o se acuerde en el futuro a favor de Red.es, así como por los que se le atribuyan por cualquier persona o entidad.
Texto oficial de Estatuto de Red.es (BOE-A-2002-3138). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 27. Patrimonio de la entidad. — Estatuto de Red.es · BOE Fácil