CAPÍTULO VI. Régimen económico-financiero · SECCIÓN 3.ª RÉGIMEN PRESUPUESTARIO
Artículo 39. Cambios organizativos y continuidad en el ejercicio de las funciones asignadas.
En caso de desaparición o cambio de la denominación o de la estructura correspondiente a los órganos administrativos u organismos públicos citados en el presente Estatuto, en particular en el artículo 9, asumirán las funciones asignadas a dichos órganos, los titulares de los órganos superiores o directivos equivalentes que asuman sus competencias respectivas.
> <small>Se añade por el art. único.7 del Real Decreto 1433/2008, de 29 de agosto. [Ref. BOE-A-2008-14809](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2008-14809).</small>
Texto oficial de Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es (BOE-A-2002-3138). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 39. Cambios organizativos y continuidad en el ejercicio de las funciones asignadas. — Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es · BOE Fácil