En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el presente real decreto, será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones establecido en la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.
> <small>Se modifica por el art. único.1 del Real Decreto 773/2011, de 3 de junio. [Ref. BOE-A-2011-9733](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-9733).</small>
Texto oficial de Real Decreto 3/2002, de 11 de enero, por el que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras (BOE-A-2002-831). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 7. Infracciones y sanciones. — Real Decreto 3/2002, de 11 de enero, por el que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras · BOE Fácil