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TÍTULO IV. De las obligaciones por razones de seguridad

Artículo 35. Obligacionese específicas de las entidades de diseño, producción y mantenimiento de las aeronaves y productos aeronáuticos.

Texto oficial de Ley de Seguridad Aérea (BOE-A-2003-13616). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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