TÍTULO V. De las infracciones y sanciones · CAPÍTULO IV. Del procedimiento sancionador
Artículo 67. Multas coercitivas.
Sin perjuicio de las sanciones que pudieran imponerse de acuerdo con lo establecido en el capítulo II de este título, el incumplimiento de los requerimientos de las Autoridades aeronáuticas para salvaguardar la seguridad en materia de aviación civil, el funcionamiento del transporte aéreo y los legítimos intereses de sus usuarios, podrá dar lugar, una vez transcurrido el plazo fijado en dichos requerimientos, a la imposición de multas coercitivas, cuya cuantía no superará el 10 por ciento de la cuantía de la sanción correspondiente.
Texto oficial de Ley de Seguridad Aérea (BOE-A-2003-13616). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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