TÍTULO VI. Ingresos de los gestores de aeropuertos · "P" = "q" × "m"
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Esta Ley entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto, Mando a todos los españoles ; particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.
Madrid, 7 de julio de 2003.
**JUAN CARLOS R.**
**El Presidente del Gobierno,**
**JOSÉ MARÍA AZNAR LÓPEZ**
Información relacionada
> <small>Téngase en cuenta que la sociedad mercantil estatal «Aena Aeropuertos, S.A.», creada en virtud de lo previsto en el artículo 7 del Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, pasa a denominarse Aena, S.A., según establece el art. 18 del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio. [Ref. BOE-A-2014-7064](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-7064).</small>
Texto oficial de Ley de Seguridad Aérea (BOE-A-2003-13616). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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