CAPÍTULO IV. Proyectos de modernización administrativa local
Artículo 20. Objetivos.
El objetivo de esta línea de ayuda es cofinanciar la ejecución de proyectos que tengan por objeto la modernización de la Administración local a través de la utilización de tecnologías de la información con las finalidades siguientes:
a) La mejora de los servicios de gestión y atención dirigidos al ciudadano.
b) La simplificación de los procedimientos y su integración con los de respon-sabilidad estatal y autonómica.
c) Instrumentalmente, la mejora de las infraestructuras tecnológicas y de comunicaciones precisas para el cumplimiento de las finalidades señaladas en los párrafos anteriores.
> <small>Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 1263/2005, de 21 de octubre. [Ref. BOE-A-2005-18266](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2005-18266).</small>
Texto oficial de Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales (BOE-A-2003-13981). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 20. Objetivos. — Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales · BOE Fácil