real decreto · BOE-A-2003-15695
Real Decreto 948/2003, de 18 de julio, por el que se establecen las condiciones mínimas que deben reunir las instalaciones de lavado interior o desgasificación y despresurización, así como las de reparación o modificación, de cisternas de mercancías peligrosas
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 6/8/2003
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Ciencia y Tecnología
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto establece las condiciones mínimas de las instalaciones de lavado interior, desgasificación y reparación de cisternas de mercancías peligrosas.
A quién afecta: Titulares de instalaciones de lavado, desgasificación o reparación de cisternas de mercancías peligrosas.
- El lavado interior es obligatorio antes de inspecciones periódicas, cuando cambia el producto transportado o antes de reparar la cisterna.
- Las instalaciones de lavado, desgasificación y despresurización deben cumplir los requisitos técnicos de los anexos I y II.
- El titular debe presentar una declaración responsable ante la comunidad autónoma antes de abrir la instalación, con posibilidad de trámite electrónico.
- Las reparaciones y modificaciones de cisternas solo pueden realizarse en talleres de empresas constructoras o instalaciones autorizadas de reparación.
¿En qué supuestos es obligatorio el lavado interior de una cisterna de mercancías peligrosas?
Antes de una inspección periódica, cuando hay un cambio de producto incompatible con el anterior, o antes de una reparación o modificación.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria (9 menciones)
- Cita a: Orden de 20 de septiembre de 1985, sobre normas de construcción, aprobación de tipo, ensayos e inspección de cisternas para el transporte de mercancías peligrosas (2 menciones)
- Cita a: Real Decreto 551/2006, de 5 de mayo, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español (2 menciones)
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