CAPÍTULO VI. Régimen patrimonial, presupuestario, económico-financiero, de contratación, de personal y de recursos administrativos
Artículo 41. Recursos administrativos.
Las resoluciones, acuerdos y actos del Director del Centro de Estudios Jurídicos no ponen fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra ellos recurso de alzada ante el Ministro de Justicia, conforme a lo establecido en el artículo 82 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
Texto oficial de Real Decreto 1276/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro de Estudios Jurídicos (BOE-A-2003-19155). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 41. Recursos administrativos. — Real Decreto 1276/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro de Estudios Jurídicos · BOE Fácil