TÍTULO III. Clases de Instituciones de Inversión Colectiva · CAPÍTULO I. Instituciones de Inversión Colectiva de carácter financiero · Sección 3.ª Disposiciones aplicables a otras IIC de carácter financiero que no cumplan con la Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009.
Artículo 33 ter. IIC de IIC de Inversión Libre.
Las IIC de IIC de Inversión Libre reguladas en esta Ley son aquellas IIC a las que les aplicarán las reglas sobre IIC de carácter financiero, con las excepciones que se determinen reglamentariamente.
La denominación "IIC de IIC de Inversión Libre", o su sigla "IICIICIL" será privativa de las entidades autorizadas, constituidas y registradas conforme a lo establecido en esta Ley y en su normativa de desarrollo.
> <small>Se añade por la disposición final 1.15 de la Ley 22/2014, de 12 de noviembre. [Ref. BOE-A-2014-11714](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-11714).</small>
Texto oficial de Ley de Instituciones de Inversión Colectiva (BOE-A-2003-20331). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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