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CAPITULO II. Financiación de los programas de actividades

Disposición adicional segunda. Utilización de los fondos retenidos para el programa de mejora de la calidad de la producción oleícola.

Texto oficial de Organizaciones de Operadores del Sector Oleícola (BOE-A-2003-3129). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Disposición adicional segunda. Utilización de los fondos retenidos para el programa de mejora de la calidad de la producción oleícola. — Organizaciones de Operadores del Sector Oleícola · BOE Fácil