real decreto · BOE-A-2003-3129
Real Decreto 177/2003, de 14 de febrero, por el que se regulan las organizaciones de operadores del sector oleícola
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 15/2/2003
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula la autorización de las organizaciones de operadores del sector del aceite de oliva, en el marco de los programas de actividades previstos por la normativa comunitaria.
A quién afecta: Organizaciones de productores y operadores del sector oleícola.
- Las organizaciones de operadores del sector oleícola deben cumplir los requisitos del Reglamento (CE) 1334/2002 para ser autorizadas, incluyendo el número mínimo de productores afiliados.
- Las solicitudes de autorización deben dirigirse a la autoridad competente con los datos exigidos, y la resolución debe dictarse y notificarse en el plazo de dos meses desde la presentación del expediente completo.
- Crea el Registro general de organizaciones de operadores del sector oleícola, de carácter público e informativo, adscrito a la Dirección General de Agricultura.
- Reserva determinados porcentajes de la ayuda a la producción de aceite de oliva para financiar los programas de actividades de estas organizaciones.
¿Qué órgano gestiona el Registro general de organizaciones de operadores del sector oleícola?
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Dirección General de Agricultura.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Ley General Presupuestaria (2 menciones)
- Derogada por: Supresión de Órganos Colegiados de la Administración General del Estado (1 notas)
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