TÍTULO III. Elaboración de informes y certificados de tasación · CAPÍTULO III. Aspectos estructurales
Artículo 76. Valores de tasación, condicionantes y advertencias.
En este apartado se expresarán:
a) Los valores técnicos resultantes para cada inmueble objeto de valoración.
b) El valor de tasación que resulta teniendo en cuenta el objeto y finalidad de la valoración.
c) Los condicionantes o advertencias que pudieran existir conforme a lo previsto en el Capítulo III del Título I de la presente Orden.
d) Las limitaciones a los valores, si las hubiera.
e) El valor mínimo del seguro de incendios y otros daños al continente previstos en la Disposición Adicional Primera.
Texto oficial de Normas de Valoración de Bienes Inmuebles para Finalidades Financieras (BOE-A-2003-7253). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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