TÍTULO VI. Tasas · CAPÍTULO III. Tasa por autorización y registro de otros productos zoosanitarios
Artículo 105. Sujeto pasivo.
Serán sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas que soliciten la prestación de los servicios o la realización de las actividades que constituyen el hecho imponible.
Texto oficial de Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal (BOE-A-2003-8510). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 105. Sujeto pasivo. — Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal · BOE Fácil