1. Bajo la Presidencia de Honor de Su Majestad El Rey, el Real Patronato tendrá la siguiente composición:
a) Presidente: el Presidente del Gobierno.
b) Vicepresidente: la Ministra de Cultura, que sustituirá al Presidente en casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legalmente establecida.
c) Vocales:
El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
El Ministro de Economía y Hacienda.
La Ministra de Fomento.
El Ministro de Administraciones Públicas.
La Ministra de Vivienda.
El Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
El Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
El Alcalde de Cuenca.
El Presidente de la Diputación Provincial de Cuenca.
El Obispo de Cuenca.
El Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha.
d) Secretario: el Subsecretario de Cultura.
2. A las sesiones del Real Patronato podrán asistir, con voz pero sin voto, aquellas personas que sean expresamente convocadas al efecto por el Presidente.
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. único del Real Decreto 238/2005, de 4 de marzo. [Ref. BOE-A-2005-3664](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2005-3664).</small>
Texto oficial de Real Decreto 112/2004, de 23 de enero, por el que se constituye y organiza el Real Patronato de la Ciudad de Cuenca (BOE-A-2004-1437). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.