real decreto ley · BOE-A-2004-19120
Real Decreto-ley 8/2004, de 5 de noviembre, sobre indemnizaciones a los participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 10/11/2004
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Jefatura del Estado
Este real decreto-ley estableció un sistema de indemnizaciones por muerte o daños físicos y psíquicos del personal español que participa en operaciones internacionales de mantenimiento de la paz y asistencia humanitaria.
A quién afecta: Miembros de las Fuerzas Armadas españolas, personal civil en misiones internacionales y sus familiares.
- Establece indemnizaciones por muerte o daños físicos o psíquicos del personal que participa en operaciones de mantenimiento de la paz o asistencia humanitaria.
- Se aplica a los miembros de las Fuerzas Armadas y a otro personal dependiente de distintos ministerios que participe en estas misiones.
- Las cantidades percibidas como indemnización están exentas del IRPF, del Impuesto de Sucesiones y de cualquier otro impuesto personal.
- El Ministerio de Educación y Ciencia debe acordar con las comunidades autónomas la supresión de tasas académicas para quienes sufran lesiones invalidantes en estas misiones.
¿Están sujetas a impuestos las indemnizaciones reconocidas por esta norma?
No, están exentas del IRPF, del Impuesto de Sucesiones y de cualquier otro impuesto personal.
Normas relacionadas
- Cita a: Ley General de la Seguridad Social (1 menciones)
- Cita a: Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil (1 menciones)
- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
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