CAPÍTULO IV. Régimen retributivo de los magistrados suplentes y jueces y fiscales sustitutos
Disposición adicional primera. Actualización de las retribuciones.
Las cuantías establecidas en este real decreto se actualizarán de acuerdo con las previsiones contenidas en las sucesivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado.
> <small>Se numera por el art. único.7 del Real Decreto 700/2013, de 20 de septiembre. [Ref. BOE-A-2013-10076](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-10076).</small>
Texto oficial de Retribuciones de las Carreras Judicial y Fiscal (BOE-A-2004-5191). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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