(En general) · Real Decreto de 6 de julio de 1877, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Obras Públicas
Artículo 29. , párrafo tercero.
La declaración de caducidad (de las concesiones no subvencionadas) se hará por el Ministerio de Fomento, y previo expediente en que deberán ser oídos el concesionario, la Junta consultiva de Caminos, Canales y Puertos y la Sección de Fomento del Consejo de Estado. Contra esta decisión podrá recurrir el interesado por la vía contenciosa.
Texto oficial de Resolución de 21 de junio de 2005, de la Presidencia del Consejo de Estado, por la que se dispone la publicación de la relación actualizada de disposiciones que preceptúan la audiencia del Consejo de Estado (BOE-A-2005-11029). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 29. , párrafo tercero. — Resolución de 21 de junio de 2005, de la Presidencia del Consejo de Estado, por la que se dispone la publicación de la relación actualizada de disposiciones que preceptúan la audiencia del Consejo de Estado · BOE Fácil