Disposición adicional quinta. Consejo para la Defensa del Contribuyente.
La formulación, tramitación y contestación de las reclamaciones, quejas y sugerencias relacionadas con el funcionamiento de las unidades administrativas de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos se realizará de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 2458/1996, de 2 de diciembre, por el que se crea el Consejo para la Defensa del Contribuyente.
> <small>Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 227, de 22 de septiembre de 2005. [Ref. BOE-A-2005-15638](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2005-15638)</small>
Texto oficial de Marco General para la Mejora de la Calidad en la AGE (BOE-A-2005-14836). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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