CAPÍTULO V. Autotransfusión
Artículo 27. Destino.
Texto oficial de Calidad y Seguridad de la Sangre Humana (BOE-A-2005-15514). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
CAPÍTULO V. Autotransfusión
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