Disposición final segunda. Fijación de las cuantías del componente singular del complemento específico.
El acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueben las características retributivas de las relaciones de puestos militares establecidas en las plantillas de destinos fijará las cuantías del componente singular del complemento específico asignado a cada puesto, de entre las establecidas en el anexo IV del reglamento que se aprueba, así como sus efectos económicos, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de septiembre de 2005.
Texto oficial de Reglamento de Retribuciones de las Fuerzas Armadas (BOE-A-2005-18265). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final segunda. Fijación de las cuantías del componente singular del complemento específico. — Reglamento de Retribuciones de las Fuerzas Armadas · BOE Fácil