CAPÍTULO VII. Financiación del Programa nacional de genotipado ovino
Artículo 19. Financiación del sistema de información Aries.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación sufragará, con cargo a los créditos correspondientes consignados en los Presupuestos Generales del Estado, los costes de:
a) El diseño, desarrollo e implantación del sistema en su conjunto.
b) Las inversiones en equipos en el nivel central y su mantenimiento.
c) El mantenimiento operativo del sistema, incluyendo la actualización de software.
Texto oficial de Real Decreto 1312/2005, de 4 de noviembre, por el que se establece el Programa nacional de selección genética para la resistencia a las encefalopatías espongiformes transmisibles en ovino, y la normativa básica de las subvenciones para su desarrollo (BOE-A-2005-19084). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.