TÍTULO V. Del nombramiento de Jueces y Magistrados
Artículo 37. Documento de identificación de los miembros del Consejo General del Poder Judicial y de la Carrera Judicial.
Los/las Vocales del Consejo General del Poder Judicial estarán provistos de un documento de identificación, firmado por el Presidente del Consejo General del Poder Judicial, en el que se hará constar el Real Decreto de nombramiento e incluirá el siguiente texto: «El Rey de España manda a todas las autoridades del Reino que, en el ejercicio de su alto cargo le guarden y hagan guardar cuantas preeminencias, honores y consideraciones le correspondan en el ejercicio de su alto cargo».
Los miembros de la Carrera Judicial estarán provistos de un documento de identificación expedido por el Consejo General del Poder Judicial, al que se podrán incorporar los oportunos recursos tecnológicos.
Texto oficial de Acuerdo de 23 de noviembre de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 2/2005, de honores, tratamientos y protocolo en los actos judiciales solemnes (BOE-A-2005-20840). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.