Disposición final primera. Disposiciones de aplicación y desarrollo.
Se autoriza a los Ministros de Economía y Hacienda y de Trabajo y Asuntos Sociales para dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, las disposiciones que sean necesarias para la aplicación y desarrollo de esta Ley.
Texto oficial de Ley 3/2005, de 18 de marzo, por la que se reconoce una prestación económica a los ciudadanos de origen español desplazados al extranjero, durante su minoría de edad, como consecuencia de la Guerra Civil, y que desarrollaron la mayor parte de su vida fuera del territorio nacional (BOE-A-2005-4618). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.