Artículo 12. Carácter de los órganos de la Comisión Nacional de Administración Local.
1. Los órganos en que se estructura la Comisión Nacional de Administración Local, conforme al artículo 2, tienen el carácter de órganos colegiados compuestos por representantes de distintas Administraciones públicas a que se refiere el artículo 22.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. De acuerdo con el apartado anterior, se regirán en su funcionamiento por lo dispuesto en el capítulo II del título II de dicha ley, relativo a los órganos colegiados, en particular en lo referente a su facultad para establecer o completar sus propias normas de funcionamiento y, en todo caso, de acuerdo con las especificaciones contenidas en este real decreto.
Texto oficial de Real Decreto 427/2005, de 15 de abril, por el que se regula la composición, las funciones y el funcionamiento de la Comisión Nacional de Administración Local (BOE-A-2005-7071). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.