Disposición adicional primera. Creación de fichero.
Se crea en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación el fichero de datos de transportistas de animales, derivados del Registro general regulado por el artículo 5 de este real decreto, con el contenido previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, que se detalla en el anexo IV.
> <small>Se renumera por el art. 2.3 del Real Decreto 363/2009, de 20 de marzo. [Ref. BOE-A-2009-5082](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2009-5082).</small>
> <small>Su anterior numeración era disposición adicional única.</small>
Texto oficial de Real Decreto 751/2006, de 16 de junio, sobre autorización y registro de transportistas y medios de transporte de animales y por el que se crea el Comité español de bienestar y protección de los animales de producción (BOE-A-2006-11289). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.