TÍTULO III. Determinación de la base imponible · CAPÍTULO II. Definición y determinación de la renta gravable · Sección 1.ª Rendimientos del trabajo
Artículo 20. Reducción por obtención de rendimientos del trabajo.
Los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo inferiores a 19.747,5 euros siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo superiores a 6.500 euros, minorarán el rendimiento neto del trabajo en las siguientes cuantías:
a) Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 14.852 euros: 7.302 euros anuales.
b) Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo superiores a 14.852 euros, pero iguales o inferiores a 17.673,52 euros: 7.302 euros menos el resultado de multiplicar por 1,75 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 14.852 euros anuales.
c) Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo comprendidos entre 17.673,52 y 19.747,5 euros: 2.364,34 euros menos el resultado de multiplicar por 1,14 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 17.673,52 euros anuales.
A estos efectos, el rendimiento neto del trabajo será el resultante de minorar el rendimiento íntegro en los gastos previstos en las letras a), b), c), d) y e) del artículo 19.2 de esta Ley.
Como consecuencia de la aplicación de la reducción prevista en este artículo, el saldo resultante no podrá ser negativo.
> <small>Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2024, por el art. 3.1 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio. [Ref. BOE-A-2024-12944#a3](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-12944)</small>
> <small>Se modifica por el art. 59.1 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre. [Ref. BOE-A-2022-22128#a5-11](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-22128)</small>
> <small>Se modifica por el art. 59.1 de la Ley 6/2018, de 3 de julio. [Ref. BOE-A-2018-9268#ar-59](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-9268)</small>
> <small>Se modifica por el art. 1.12 de la Ley 26/2014, de 27 de noviembre. [Ref. BOE-A-2014-12327](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-12327).</small>
> <small>Se modifica, con efectos desde 1 de enero de 2011, por el art. 60.1 de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre. [Ref. BOE-A-2010-19703](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2010-19703).</small>
> <small>Se modifica, con vigencia exclusiva para el ejercicio 2010 por el art. 66.1 del a Ley 26/2009, de 23 de diciembre. [Ref. BOE-A-2009-20765](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2009-20765)</small>
> <small>Se modifica, con vigencia exclusiva para el ejercicio 2009 por el art. 65.1 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre. [Ref. BOE-A-2008-20744](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2008-20744)</small>
> <small>Se modifica, con vigencia exclusiva para el ejercicio 2008 por el art. 65.1 de la Ley 51/2007, de 28 de diciembre. [Ref. BOE-A-2007-22295](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-22295)</small>
Texto oficial de Ley del IRPF (BOE-A-2006-20764). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.