INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA MI-IP 06 «PROCEDIMIENTO PARA DEJAR FUERA DE SERVICIO LOS TANQUES DE ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LÍQUIDOS»
Artículo 4. Regularización administrativa.
Los titulares de los tanques objeto de esta ITC están obligados a presentar ante el órgano competente de comunidad autónoma la documentación que acredite la realización de las operaciones que se indican en el anexo I, y el certificado emitido por el director facultativo o por la empresa reparadora que ha realizado las obras, así como el documento reglamentario de control y seguimiento de residuos peligrosos que acredita que los mismos se han gestionado conforme a la normativa de medio ambiente.
> <small>Se modifica por el art. 14 del Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo. [Ref. BOE-A-2010-8190](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2010-8190).</small>
Texto oficial de Puesta Fuera de Servicio de Tanques de Productos Petrolíferos (BOE-A-2006-22585). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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