TÍTULO VI. Normas Tributarias · T = [N × V] / 166,386 = [S (km<sup>2</sup>) × B (kHz) × (C<sub>1</sub> × C<sub>2</sub> × C<sub>3</sub> × C<sub>4</sub> × C<sub>5</sub>)] / 166,386
Artículo 75. Tasa de aterrizaje.
No obstante lo dispuesto en el artículo 69, con efectos de 1 de enero de 2007 y vigencia indefinida, se elevan hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,03 las cuantías exigibles en el año 2006 de la tasa de aterrizaje, regulada en el artículo 11 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre.
Texto oficial de Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007 (BOE-A-2006-22865). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 75. Tasa de aterrizaje. — Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007 · BOE Fácil