TÍTULO IV. Régimen financiero especial · CAPÍTULO I. Principios generales del régimen financiero especial
Artículo 38. Principios de la Hacienda municipal de Barcelona.
La Hacienda municipal de Barcelona se ajusta a los principios siguientes:
a) Suficiencia financiera para el desempeño de las funciones que la ley atribuye al Municipio de Barcelona, de acuerdo con lo previsto en el artículo 142 de la Constitución.
b) Autonomía para establecer y exigir tributos y precios públicos de conformidad con la Constitución y las leyes.
c) Equidad, capacidad económica, justicia, generalidad, igualdad, progresividad y no confiscatoriedad.
d) Solidaridad en el marco de la cooperación internacional.
Texto oficial de Ley 1/2006, de 13 de marzo, por la que se regula el Régimen Especial del municipio de Barcelona (BOE-A-2006-4583). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 38. Principios de la Hacienda municipal de Barcelona. — Ley 1/2006, de 13 de marzo, por la que se regula el Régimen Especial del municipio de Barcelona · BOE Fácil