A efectos de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 53.2.d) del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, en el acceso a la información catastral por los Colegios de Abogados para el ejercicio de las funciones públicas recogidas en el Capítulo II de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, se entenderá que la Administración de la que dependen dichos Colegios es la correspondiente Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita.
Texto oficial de Desarrollo de la Ley del Catastro Inmobiliario (BOE-A-2006-7264). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional tercera. Asistencia jurídica gratuita. — Desarrollo de la Ley del Catastro Inmobiliario · BOE Fácil