TÍTULO III. De la carrera administrativa · CAPÍTULO I. Adquisición y pérdida de la condición de Secretario Judicial · Sección 1.ª Adquisición de la condición de Secretario Judicial. Ingreso en el cuerpo. Sistemas de selección. Proceso de selección
Artículo 29. Sistemas selectivos.
1) El ingreso en el Cuerpo de Secretarios Judiciales se llevará a cabo a través de los sistemas de oposición, que será el sistema ordinario de ingreso, y, con carácter excepcional, mediante el sistema de concurso-oposición libre, en los que se garantizarán, en todo caso, los principios de igualdad, mérito y capacidad así como el de publicidad, en la forma dispuesta en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en este Reglamento.
2) Los procesos de selección incluirán la realización de un curso teórico-práctico, que tendrá carácter selectivo, en el Centro de Estudios Jurídicos de la Administración de Justicia.
Texto oficial de Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales (BOE-A-2006-839). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 29. Sistemas selectivos. — Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales · BOE Fácil