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CAPÍTULO IV. Liquidación, inspección y comprobación

Artículo 17. Liquidación de la reducción del programa de consumo de energía del Mercado establecida por órdenes de reducción de potencia.

Texto oficial de Servicio de Gestión de la Demanda de Interrumpibilidad (BOE-A-2007-14798). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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