CAPÍTULO V. Certificación de productos y sistemas · Sección 5.ª Seguimiento del uso de los certificados
Artículo 131. Ampliación del alcance de la certificación.
Cuando se desee ampliar el alcance de la certificación de un producto o sistema, el interesado solicitará formalmente dicha ampliación. Para ello deberá utilizar el formulario de solicitud correspondiente. Se aplicará el procedimiento de certificación, indicado en el Capítulo V, adaptado, según proceda, en función del volumen y carácter de dicha ampliación.
Texto oficial de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las TI (BOE-A-2007-16830). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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