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CAPÍTULO V. Certificación de productos y sistemas · Sección 5.ª Seguimiento del uso de los certificados

Artículo 130. Seguimiento continuo del uso del certificado.

Texto oficial de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las TI (BOE-A-2007-16830). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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